El gobierno argentino oficializó normas técnicas para las industrias del calzado y textil, que en el futuro serán exigidas dentro del país y para los productos de importación. Para el ingreso al país de artículos de los sectores mencionados, los importadores deberán presentar una Declaración Jurada de Composición de Productos (DJCP), explicitando la existencia de las fibras y materiales constitutivos de los mismos.
De acuerdo con la resolución 404/2016 de la Secretaría de Comercio, publicada ayer en el Boletín Oficial, los fabricantes e importadores de productos textiles o de calzado estarán obligados, dentro de 60 días, a la presentación de una Declaración Jurada de Composición de Productos (DJCP), explicitando la existencia de las fibras en el primer caso, y de los materiales constitutivos en el segundo.
El gobierno argentino analizó durante todo el año la instrumentación de normas técnicas para la protección para el cuidado de los consumidores con el control para las fábricas locales, pero también de la industria frente a las importaciones. El primer paso se conoció con los sectores más golpeados por la importación de mercaderías, como la cadena del calzado y textil.
El sistema de DJCP ya existente desde hace años, pero tenía serias limitaciones que se están tratando se solucionar, especialmente en lo que se refiere a actualizar las normas técnicas, en línea con las que se aplican a nivel mundial. La resolución oficial puntualiza que el documento a presentar se formalizará primero en la plataforma informática del Sistema Integrado de Comercio Exterior (Cisco) y luego la Secretaría de Comercio decidirá la aprobación de la misma.
Cuando esa dependencia acepte la DJCP, emitirá un código numérico de aprobación del trámite, que dará un plazo máximo de 120 días corridos para ingresar el o los productos a la Argentina. Si Comercio lo requiere, pedirá la intervención del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI Cueros e INTI Textiles) para efectuar ensayos técnicos sobre muestras de los productos.
Diversos representantes de la industria señalaron que “la medida nos permite empezar a competir más lealmente, pero estamos a años luz de una competencia justa”. Esto se debe especialmente al precio de los productos provenientes de países con bajos costos laborales, que toleran trabajo semi esclavo, y también ambientales.
El sistema de la DJCP se aplica en el sector del calzado por una resolución oficial de 1996.
Las presentaciones deben ser firmadas en su totalidad por el importador o sus representantes o apoderados siempre que figuren en el Registro Especial Aduanero, circunstancia que será verificada.
Los interesados tomarán conocimiento de los trámites presentados, que podrán tener estado “recibido” u “observado”, a través de una simple consulta ante el SISCO. Las observaciones requieren nuevo trámite, ya que en el caso de que el sistema detecte alguna información consignada en un trámite, el importador deberá presentar nuevamente los datos.
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BAE Negocios / CueroAmérica
Vía CueroAmérica